Las facultades de control a distancia del trabajador: geolocalizadores y
tacógrafos
Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social.
El artículo versa sobre la implantación empresarial de dispositivos de geolocalización del trabajador tanto a la luz de las resoluciones judiciales como del contenido de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Partiendo de la consideración indiscutible de los datos de localización como datos personales, el análisis se centra en las exigencias referidas a la licitud de la obtención y tratamiento de esos datos así como en la necesaria ponderación entre los intereses empresariales y los derechos fundamentales del trabajador, sea a la intimidad (art. 18.1 de la Constitución) sea a la particular libertad informática (art. 18.4 de la Constitución). Se consideran, en consecuencia, las diferentes hipótesis de confrontación entre la función de control de los dispositivos mencionados y la privacidad del trabajador, estableciendo en qué casos y bajo qué condiciones dicho control es legalmente posible; con una atención particular a los derechos de información fuertemente revalorizados por la normativa de protección de datos.
Extracto de TEMAS LABORALES REVISTA ANDALUZA DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL
Santiago González Ortega
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
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Monográfico sobre las facultades de control empresarial ante los cambios tecnológicos y organizativos.