Efecto positivo de cosa juzgada. Sentencia firme sobre recargo de prestaciones en posterior procedimiento de reclamación de daños y perjuicios.
Tribunal Supremo Sentencia de 26 de abril de 2023 Rec. 1865 /2020
… la cuestión que debemos resolver en el presente recurso de casación es si debe aplicarse el efecto positivo de la cosa juzgada de una sentencia anterior, dictada en proceso de recargo de prestaciones de seguridad social, sobre un posterior procedimiento en el que se reclama una indemnización de daños y perjuicios.
En efecto, como afirma la STS 10 de jul io d e 2013 ( rcud 2294/2012), que es precisamente la sentencia de contraste invocada en el presente recurso, si se aprecia el efecto de cosa juzgada en las infracciones en las que la identidad puede cuestionarse, “con mayor razón deberá apreciarse respecto de la relación de causalidad.” Esta exigencia de tener que respetar el efecto positivo de la cosa juzgada de la sentencia sobre el recargo en el posterior procedimiento de reclamación de la indemnización de daños y perjuicios ha sido reiterada, entre otras, por la posterior SSTS 1013/2017, de 15 de diciembre (rcud 4025/2016), que cita el informe del Ministerio Fiscal y en la que se invocaba la misma sentencia referencial que en el presente recurso. La sentencia menciona anteriores sentencias como las SSTS 22 de junio de 2015 (rcud 853/2014) y 13 de abril de 2016 (rcud 3043/2013).
Posteriormente cabe citar, a los efectos del efecto positivo de cosa juzgada que aquí interesan, las SSTS 148/2018, de 14 de febrero (rcud 205/2016); 443/2018, 25 de abril ( rcud ); 603/2021, de 8 de junio (rcud 3771/2018); y la ya mencionada 445/2022, de 17 de mayo (rcud 2480/2019).
Las consideraciones que la sentencia recurrida realiza sobre el cáncer de próstata podrán servir, en su caso, para determinar los daños y perjuicios. Pero no para prescindir del efecto positivo de la cosa juzgada de la anterior sentencia firme sobre el recargo, pues ello no se acomoda a nuestra jurisprudencia.